La creación de leyes que hacen tangencial el derecho mercantil, como un nuevo Código Civil y un nuevo Código de Procedimento Civil, más allá del Marco Civil de Internet y la Ley de Libertad Económica, evidencian que el país necesita reformar el Código de Comercio de 1850 que regula a empresas y comercios, consideró la abogada Andrea Oricchio, en entrevista con LexLatin.
Andrea es socia fundadora de la firma Andrea Oricchio Advogados, la especialista es licenciada en derecho por la Pontifícia Universidad Católica de São Paulo.
La Ley de Libertad Económica, reformas y cambios infraconstitucionales están dando un giro en relación con la actividad empresarial en el Brasil. ¿Cuál es la importancia de reformar el Código de Comercio?
Ya hubo un gran cambio en 2002, cuando el nuevo Código Civil actualizó diversas disposiciones del antiguo Código de Comercio de 1850, pero los cambioss de 2002 llegaron con atraso. Fueron más de 25 años de discusiones para cambiar un Código que desde 1850 regulaba a las empresas y al comercio. Aunado a ese reconocido atraso, los empresarios y el comercio evolucionaron con mucha intensidad en los últimos 30 años, debido al avance tecnológico y sus implicaciones directas en las personas y empresas.
La necesidad de reanudar las discusiones de una nueva regulación, para ese momento del país, comenzó en 2011 con uns propuesta de incorporar, en un único código, meterias que están siendo tratadas por legislaciones desde hace muchos años, incluyendo el propio Código Civil y ek Código de Procedimento Civil.
Esas discusiones ya dieron resultados con la promulgación de la Ley de Libertad Económica que busca reducir la burocracia y los entrabes y así crear un ambiente más propicio y facilitador a los negocios.
Es esencial que la aprobación del texto del nuevo Código de Comercio facilite y garantice más seguridad jurídica a los negocios, estimulando la creación de nuevos mercados con generación de empleos y renta.
¿Qué cambios del Código de Comercio son más urgentes, en su opinión?
Aquellos cambios que ofrecen más seguridad jurídica y más credibilidad para la inversión de las empresas, sean ellas brasileñas o extranjeras; que garanticen agilidad y flexibilidad para la constitución de empresas y pactos societarios; la dispensa de permisos y licencias para algunas actividades; desburocratización para la generación de empleos; fin del eSocial por un sistema más simple; reconocimiento de los documentos públicos digitales, contratos, actos societarios y títulos de crédito electrónicos, efectividad de la firma digital; libertad para que las partes puedan definir libremente los negocios y actualización de las reglas de los fondos de inversión.
¿Cómo el gobierno y el Congreso vienen atacando los problemas relacionados con el Código de Comercio en los últimos años?
No son pocos los entrabes creados en las últimas décadas debido a una legislación mercantil desfasada. La creación de leyes que son necesarias, como: el nuevo Código Civil, Marco Civil de Internet, el nuevo Código de Procedimento Civil y, más recientemente, la Ley de Libertad Económica, demuestran claramente la preocupación del Gobierno y del Congreso en agilizar los cambios necesarios. No le dan completamente al blanco, pero caminan en esa dirección al incluir temas como competencia desleal, competencia parasitaria, comercio electrónico, tipos de sociedad, registro contable, proceso empresarial, quiebra, operaciones societarias, contratos empresariales y comercio marítmo.
El Congreso volvió a discutir la reforma del Código de Comercio. ¿Cómo lo ve usted?
La iniciativa de la reanudación de los trabajos indica la evidente preocupación en crear un ambiente económico, político y de seguridad jurídica favorable también en el ambiente de los negocios. Trae actualización de conceptos, como el de la empresa individual de responsabilidad, del comercio eletrónico y, entre tantos temas importantes, dedica un capítulo propio al contenido de la competencia desleal. Las mayores críticas de un nuevo Código de Comercio vienen justamente debido al momento económico y político por el que pasa el Brasil, donde otras pautas merecen atención más inmediata que el tema en sí del Código de Comercio.
Por Iuri Dantas
Publicado el 31/10/2019
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